18 de noviembre de 2022
El derecho sí transforma
Desde mi experiencia, el cambio sólo llega cuando se le quita el velo a lo aprendido; sólo al darnos cuenta de quién y porqué reproduce las teorías, las formas y los usos del derecho, al cuestionar lo que se nos dice, se puede dar el primer paso.
Casi todos los que hemos pasado por alguna facultad de derecho iniciamos ese camino con la ilusión de cambiar el mundo. Sin embargo, es muy común que, con el paso de los meses, tras estudiar un código, una teoría o una sentencia detrás de otra sintamos que nos equivocamos al escoger la profesión o, por lo menos, al anhelar el cambio gracias a esta. Esa sensación se exacerba al pasar por el consultorio jurídico, al tener el primer trabajo o tras varios años fungiendo como ratón de biblioteca y reproductor de contenidos.
Desafortunadamente en 20 años como profesora he visto a varios de mis mejores estudiantes experimentar ese desasosiego. Esta breve reflexión es para quienes están atravesando por ese momento o se sienten ad portas de él. Se los digo como una promesa que hace algunos años no creí poder hacer: el derecho sí transforma. Pero claro, como toda revolución, la del derecho transformador requiere perspectiva, coraje, empeño e incluso terquedad.
Desde mi experiencia, el cambio sólo llega cuando se le quita el velo a lo aprendido; sólo al darnos cuenta de quién y porqué reproduce las teorías, las formas y los usos del derecho, al cuestionar lo que se nos dice, se puede dar el primer paso. De la mano con esto llega un segundo momento: la epifanía del derecho impuro, esto es, darse cuenta de que el derecho no es neutro, que detrás de él, de su formación y uso, hay intereses. Esta develación no es menor y pese a la zozobra que ella genera, tras respirar llega la oportunidad. Si el derecho ha servido y sirve para algunos, para mantener status quos, para profundizar la inequidad, también puede servir para “los otros”. En ese momento, llega la hora de decidir qué se quiere hacer con el derecho: contener o cambiar.
Un ejemplo de la realidad actual del país sirve de ejemplo. Con el modelo sustancial, procesal e institucional que se gestó con ocasión del Acuerdo de Paz se procura transformar un país en guerra y ello pasa necesariamente por ser conscientes y combatir la profunda desigualdad, el racismo, el machismo, el centralismo, la avaricia entre tantos otros males, amparados por el derecho, de nuestra sociedad. ¿puede el derecho con todo ello? Sí, puede, pero eso depende de quién lo use, para qué y cómo lo use. Hablemos del aparatado más jurídico que creó el Acuerdo: la JEP.
Este andamiaje de justicia, liderado por 38 jueces, abogados y abogadas, claro, acompañados por varios centenares de juristas más es una viva muestra de que el derecho sí transforma. En dicha institución hay varias decenas de abogados formalistas con todos los vicios propios de la justicia ordinaria y traumatizados desde la Facultad por Kelsen y otros tantos teóricos (y el séquito de profesores que los reproducen) hombres, blancos y europeos que leyeron durante sus estudios, pero también hay varios/as jueces comprometidos con el cambio. Ellos y ellas, han comprendido que el derecho es una herramienta de transformación que acompañada de compromiso y de la mano con otras disciplinas puede, por fin, ayudar a sanar.
Para la muestra un -importante- botón: los trámites cautelares que adelanta esta instancia judicial. Les invito a que en una noche de insomnio vean alguna de las audiencias celebradas en desarrollo de estos o a que ojeen tres de los Autos con medidas cautelares restaurativas que se han emitido (AI 011 de 2019, AI 066 de 2021, AI 068 de 2022). Detrás de estos trámites hay antropólogos, psicólogos, geógrafos, ingenieros catastrales y, claro, abogados, que han decidido hacer de la justicia un escenario de escucha, de reivindicación, de restauración. No son mis palabras sino la de una de las víctimas: “…Gracias por darnos la oportunidad, a través de las medidas cautelares, de devolverle la fe en las instituciones a los colombianos…” (Ofelia Fernández, Ruta del Cimarronaje).
Históricamente las medidas cautelares habían sido entendidas como meros mecanismos procesales con los que se quería blindar el proceso y la sentencia, pero los jueces de la JEP entendieron que si esta figura se leía a la luz de los principios y objetivos propios de su trabajo (centralidad de las víctimas, justicia restaurativa y garantía de enfoques diferenciales) el trámite cautelar debía ser algo más. Así, entonces, se entendió que las MC son mecanismos tutelares, con los que se busca la garantía de los derechos de las víctimas y ya no la salvaguarda de un proceso. Desde el derecho entonces se abrió paso a formas de notificación, a audiencias y a decisiones diseñadas de la mano con las víctimas, desde el territorio atendiendo a ritos y necesidades propias.
Por eso en estos trámites se ve a los jueces yendo hasta el Canal del Dique, sesionando desde La Escombrera, visitando cementerios en búsqueda de las víctimas, tejiendo telares, reconstruyendo historias, ordenando la construcción de rutas de memoria, contándole de viva voz al país qué pasó en esos territorios, quiénes son esas víctimas, bailando como parte de un rito, pero también como resultado de la conjunción, la sanación y la alegría. Para muchos esto es una herejía, para las víctimas es un alivio. Puede que parezca una puesta en escena, pero es la filigrana de cristal de procesos de sanación soportados por el derecho. Desde las normas, la hermenéutica, los precedentes, los jueces han ofrecido -algunas- respuestas, han dado órdenes jurídicamente fundadas que procuran el cambio que se requiere para la materialización del Acuerdo de Paz.
Valdría la pena que quienes están perdiendo la fe en el derecho, hablen con quienes han participado en estos trámites, de un lado y del otro. Estoy segura de que su experiencia les dará un aliciente para recuperar el anhelo que les hizo querer ser abogados. Sí, el derecho puede servir para el mal, sin duda; pero quien quiera y tenga el valor puede ayudar a transformar.
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